
G. 7.210,60
G. 7.217,72

G. 7.727,60
G. 7.735,23

G. 30,58
G. 30,62

G. 8.897,88
G. 8.907,39

G. 1.440,82
G. 1.442,53

G. 51,31
G. 51,36
Fuente:
Central del Paraguay
FUNCIONES DE LA S.E.T.
En el marco de lo prescrito en el Decreto-Ley de 15 de marzo de 1990 y la Ley 109 de 1992, la Subsecretaría de Estado de Tributación, en adelante la S.E.T., tendrá a su cargo lo concerniente a la aplicación y administración de todas las disposiciones legales referentes a tributos fiscales. En tal virtud orientará, dirigirá y administrará la gestión tributaria y fiscal establecida en la Ley Nº 125/91 “que establece el nuevo régimen tributario”, sus reformas, la Ley Nº 2421/04, “de reordenamiento administrativo y de adecuación fiscal” y las que les sustituyan en el futuro, así como el establecimiento de las normas y sistemas para la administración de los impuestos, tasas y contribuciones a su cargo, en lo correspondiente a su liquidación, investigación, fiscalización, determinación, recaudación, cobranza, aplicación de sanciones y atención y trámite de recursos.
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA S.E.T.
Para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, la S.E.T. contará con la siguiente estructura orgánica:
STAFF
Interpretar administrativamente las disposiciones relativas a tributos bajo su administración, fijar nomas generales, para trámites administrativos, impartir instrucciones, dictar los actos necesarios para la aplicación, administración, percepción y fiscalización de tributos.
DIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE Y DE CRÉDITOS FISCALES
Facilitar asistencia, información y servicios al contribuyente y proveer a toda la SET, de normas y procedimientos para el desarrollo de las actividades y el logro de los objetivos institucionales.
DIRECCIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES
Administrar la recaudación y ejecutar los controles y fiscalización de los tributos, de los contribuyentes de su Jurisdicción.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN Y DE OFICINAS REGIONALES
Recibir las declaraciones juradas y pagos a nivel nacional. Gestionar la cobranza y el seguimiento impositivo, de los contribuyentes de su jurisdicción.
DIRECCIÓN GENERAL DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA
Ejecutar a nivel nacional los programas de fiscalización y controles tributarios, de los contribuyentes de su Jurisdicción.
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y TÉCNICA TRIBUTARIA
Definir, elaborar, interpretar y analizar todas las cuestiones que deriven de la aplicación de las normas tributarias. Asesorar a la SET en materia constitucional, legal y fiscalidad internacional.
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC’S)
Planificar, diseñar, desarrollar, instalar, mantener y mejorar los sistemas informáticos y de comunicación; su infraestructura de operación, la prevención y/o mitigación de contingencias. Participar activamente en el desarrollo del plan rector informático en representación de la SET ante el Ministerio de Hacienda.
DIRECCIÓN DE APOYO Y DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Administrar y velar por los recursos financieros, físicos, materiales y servicios de la SET.
Resolución Ministerio de Hacienda N° 265/14
POR LA CUAL SE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA SUBSECRETARÍA DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN DE ESTE MINISTERIO Y SU CORRESPONDIENTE MANUAL DE FUNCIONES.